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Corte avala reforma pensional: ¿qué cambia en Colombia?

Corte avala reforma pensional: ¿qué cambia en Colombia?

La mayoría de la ley quedó en firme, pero nueve artículos regresan al Congreso

La Corte Constitucional respaldó la estructura principal de la reforma pensional y fijó el 1 de abril de 2027 como fecha prevista para su entrada en vigor.

La reforma pensional vuelve a estar en el centro del debate nacional después de que la Corte Constitucional avalara la mayor parte de la Ley 2381 de 2024.

El fallo deja en pie el nuevo modelo de cuatro pilares y los principales cambios en la forma en que millones de colombianos realizarán sus aportes, aunque nueve artículos deberán regresar a la Cámara de Representantes para corregir problemas relacionados con su trámite legislativo.

La decisión cambia el futuro de las pensiones

Durante dos años, la reforma estuvo bajo revisión constitucional y su aplicación permaneció suspendida.

Con la nueva decisión, el alto tribunal despejó una parte importante de la incertidumbre y permitió avanzar hacia la implementación del nuevo modelo, siempre que el Congreso cumpla con las correcciones ordenadas.

La Corte avaló cerca del 90 %

La decisión dejó en firme aproximadamente el 90 % de la reforma pensional.

La Corte determinó que el problema identificado estaba relacionado con el procedimiento utilizado para aprobar algunas disposiciones y no con la totalidad del contenido de la ley.

¿Qué debe hacer ahora el Congreso?

La Cámara de Representantes deberá volver a tramitar los artículos señalados por el alto tribunal.

El plazo establecido es de 30 días, contados desde la notificación de la sentencia. Una vez concluido el procedimiento, la Cámara deberá informar a la Corte sobre las actuaciones realizadas.

Son nueve artículos los que regresan

Los artículos observados son el 11, 14, 19, 23, 36, 63, 84, 92 y 93.

Algunos regresan de manera completa, mientras que en otros casos la Corte ordenó repetir únicamente determinados incisos o numerales.

No significa que la reforma haya sido eliminada

La devolución de estos artículos no implica que el Congreso tenga que comenzar nuevamente todo el proyecto.

La Cámara deberá concentrarse en corregir los problemas de trámite identificados por la Corte y volver a someter las disposiciones al procedimiento correspondiente.

Estos son los cambios que sí quedaron en firme

El nuevo sistema conserva una estructura basada en cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro individual.

Uno de los cambios más importantes es el nuevo esquema de cotización, mediante el cual los aportes hasta 2,3 salarios mínimos se dirigirían a Colpensiones y el excedente correspondería al componente complementario de ahorro individual.

Se mantiene el régimen de transición

Los trabajadores que cumplan las condiciones establecidas para el régimen de transición podrán pensionarse bajo las reglas actuales.

La norma contempla como referencia 750 semanas para mujeres y 900 para hombres al momento de entrada en vigencia del nuevo sistema.

Las edades tampoco cambian

La reforma mantiene las edades de referencia de 57 años para mujeres y 62 para hombres.

Por lo tanto, el fallo de la Corte no significa que los colombianos tengan que esperar más años para alcanzar la edad mínima establecida actualmente.

Más de 150.000 traslados ya se realizaron

La denominada ventana de oportunidad también quedó a salvo.

Este mecanismo permitió que determinados afiliados próximos a pensionarse pudieran solicitar el traslado entre regímenes bajo condiciones especiales. Más de 150.000 personas realizaron este procedimiento antes de que terminara el plazo en julio de 2026.

¿Qué temas siguen pendientes?

Los artículos que regresan al Congreso abarcan asuntos que pueden tener efectos importantes para afiliados y pensionados.

Entre ellos se encuentran la pensión integral de vejez, las inversiones de los fondos, las comisiones de las administradoras, los beneficios de semanas para mujeres con hijos y algunas reglas relacionadas con el manejo de los recursos pensionales.

Mujeres podrían descontar semanas por hijos

El artículo 36 contempla un beneficio para las mujeres que no alcancen las semanas requeridas.

La disposición permite descontar 50 semanas por cada hijo, hasta un máximo de tres hijos, bajo las condiciones establecidas en la reforma. Sin embargo, este artículo deberá superar nuevamente el trámite ordenado por la Corte.

También se revisará el límite de las comisiones

Otro de los artículos pendientes establece reglas para las comisiones que podrán cobrar las administradoras de fondos de pensiones durante la transición.

La Cámara deberá tramitar nuevamente esta disposición a partir de la proposición señalada por la Corte.

¿Cuándo empezaría a funcionar la reforma?

La fecha prevista para la entrada en vigencia de las disposiciones avaladas es el 1 de abril de 2027.

Esta fecha depende de que el Congreso subsane los artículos devueltos y de que posteriormente la Corte determine que se cumplió correctamente con lo ordenado.

La discusión jurídica seguirá después de 2027

La sentencia conocida esta semana solamente resolvió el problema de procedimiento que fue objeto de la demanda analizada.

La Corte tiene previsto estudiar desde abril de 2027 más de 100 demandas que cuestionan diferentes aspectos de fondo de la reforma.

Podrían aparecer nuevas demandas

El tribunal también dejó abierta la posibilidad de que sigan presentándose acciones contra el contenido de la ley.

Por eso, aunque la decisión representa un avance significativo para el Gobierno y para la implementación del nuevo sistema, todavía existen escenarios jurídicos que podrían modificar algunos aspectos de la reforma en el futuro.

¿Qué significa para los trabajadores?

Para los afiliados, el principal cambio será la modificación de la manera en que se distribuyen las cotizaciones dentro del sistema.

Quienes tengan ingresos superiores al umbral establecido deberán prestar atención a las nuevas reglas sobre el componente complementario de ahorro individual y a la elección de la administradora correspondiente cuando llegue el momento de implementación.

El sistema tendrá cuatro pilares

El modelo aprobado contempla mecanismos diferentes dependiendo de la situación económica y del historial de cotización de cada persona.

La intención es que el sistema pueda cubrir tanto a quienes no tienen capacidad suficiente para pensionarse como a quienes realizan aportes durante toda su vida laboral.

El próximo paso será político y legislativo

Con la decisión de la Corte, el balón queda nuevamente en la cancha del Congreso.

La Cámara deberá corregir los nueve artículos señalados y posteriormente esperar el pronunciamiento definitivo del alto tribunal sobre el cumplimiento de esas órdenes.

Por ahora, la reforma pensional avanza hacia su entrada en vigor prevista para abril de 2027, aunque su futuro jurídico todavía no está completamente cerrado.

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Sobre el autor

Diego Hernández

Soy periodista y comunicador social apasionado por la actualidad de la región. En Medellín Hoy Noticias, me encargo de cubrir las noticias locales, la política y los hechos más relevantes de Medellín y sus alrededores, siempre buscando la verdad con un rigor ético y la inmediatez que exige la actualidad.

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